Voto electrónico

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Desde ya hace un tiempo se viene desarrollando un servicio en nuestro país que ha modernizado los procesos de votaciones en diversos espacios, por ejemplo, directivas sindicales, reformas de estatutos, entre otros. Este servicio ha buscado poder generar nuevas instancias de acceso a procesos que muchas veces se han visto limitados por condiciones de tiempo-espacio, generando hoy una oportunidad de participación mayor en relación a lo que venía sucediendo años atrás.

Hoy varios países han incorporado dichos avances en procesos determinantes para su desarrollo como son las elecciones presidenciales, en estos podemos mencionar a Brasil, Estados Unidos, Bélgica, Filipinas, Estonia, India y Venezuela. Estamos hablando que este proceso se ha realizado de forma electrónica desde el año 1989 a través de tarjetas de banda magnéticas donde los datos se guardaban a través de una pantalla táctil y un lápiz óptico, sistema que debutó en Bélgica. Pero vamos un poco más atrás en la historia en el año 1892 en Estados Unidos se utilizó un sistema electrónico para ese tiempo, diseñado a través de palancas mecánicas denominado “Myers Automatic Booth,” en el cual se le asignaba una palanca a cada candidato, con el cual podían determinar en poco tiempo la cantidad de votos recibidos por cada uno, en fin, material de referencia existe bastante como para revisar y analizar.

La realidad en nuestro país en relación a esta materia se ha visto un tanto truncada por algunos conflictos ocurridos en procesos desarrollados, por ejemplo, las votaciones de Ciudadanos, UDI y RD las cuales se han visto afectadas y criticadas por como se ha llevado a cabo el proceso, más que la seguridad del mismo, es decir, en el caso de la UDI donde el sistema colapsó durante la votación, situación que hoy perfectamente se puede subsanar al contar con soluciones mas robustas de capacidad, el caso de Ciudadanos donde se apeló a la suplantación de iPS y la privacidad del Voto, considerando que los actuales desarrollos contemplan la revisión de los anteriores y que el voto no puede ser efectuado por alguien que no se encuentre inscrito en el padrón electrónico respectivo y por último donde el proceso de RD en este caso no tuvo el alcance esperado al solo registrar 3.502 votos.

Ante esto el SERVEL apela a lo escrito en la ley donde los procesos de votaciones en este caso deben ajustarse a lo allí indicado:

“Reglas sobre las cédulas electorales para cada acto electoral, que aseguren que estas sean impresas en forma legible, con serie y numeración correlativas, las que deberán constar en un talón desprendible de dicha cédula”.

Por otra parte se pone en relevancia lo secreto y confidencial del voto y en relación a esto nos parece que el hecho de que las personas puedan utilizar elementos de verificación como el número de serie de la cédula de identidad o la huella dactilar son variables bastante sólidas al momento de responder a esta necesidad de seguridad que argumenta el SERVEL.

Sin embargo, existe hoy la posibilidad de poder ampliar la discusión sobre el tema poniendo en la mesa las diversas formas electrónicas que resuelven hoy estos procesos y buscar cual de ellas es la que se ajusta más a nuestro contexto sociocultural y no cerrar la puerta como proponen algunos sectores a la incorporación de nuevas tecnologías que por lo demás vienen a resolver aquellos procesos que mas impactan tremendamente en el desarrollo de los países, como podría llegar a ser una elección presidencial.

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Emprendedor digital, consultor y asesor en marketing y comunicación estratégica.